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lunes, 10 de diciembre de 2018

¿Qué es un RVOE?

¿Qué es un RVOE?

El Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) es el acto de la autoridad educativa en virtud del cual se determina incorporar un plan y programas de estudio que un particular imparte, o pretende impartir, al sistema educativo nacional.
Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE)

La Secretaría de Educación Pública, las autoridades educativas estatales y las universidades e instituciones de educación superior públicas facultadas para otorgar Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios, ponen a disposición del público en general la relación de las instituciones particulares y programas educativos con RVOE en todas sus modalidades.

Se busca que esta información sea de utilidad  para los estudiantes y padres de familia, al momento de elegir una institución particular, en la cual puedan cursar sus estudios de nivel superior.
 
Ingresa al Sistema Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios Superiores Federales y Estataleswww.sirvoes.sep.gob.mx


Preguntas Frecuentes

1. ¿El RVOE aplica a todos los programas educativos que imparte una institución particular?: No, ya que el RVOE se otorga a un plan y programas de estudios en lo particular, por lo tanto, es posible que una institución privada cuente con el RVOE para determinados planes y programas de estudio y no cuente con RVOE para otros programas que también imparte.
 
2. Si un programa educativo se encuentra en trámite. ¿Necesariamente se otorgará el RVOE?: No, ya que ello depende del cumplimiento de la institución privada de los requisitos que exige el marco legal.

3. ¿Qué consecuencias tiene para los alumnos que cursaron estudios en un programa al cual se le negó el RVOE?: La consecuencia principal es que los estudios que cursaron los estudiantes carecen de validez oficial y por lo tanto carecen de la posibilidad de obtener un título y cédula profesional. Esto es más grave en el caso de estudios relacionados con profesiones que requieren forzosamente cédula profesional para su ejercicio, tales como derecho, contaduría, médico cirujano, enfermería, ingenierías, entre otras. Además, que carecen de la posibilidad de obtener una equivalencia de estudios que les permita continuar sus estudios en otra institución.

4. ¿Es obligatorio que las instituciones particulares de Educación Superior obtengan el RVOE?: La Ley General de Educación no establece prohibición expresa para las instituciones particulares de obtener el RVOE, sin embargo, los particulares que imparten estudios sin RVOE tienen la obligación de mencionar en toda su publicidad que hagan y documentación que emitan su calidad de no incorporados, para evitar engaños a los estudiantes y sus padres. El incumplimiento de esta disposición puede derivar en la imposición de las sanciones previstas en el Artículo 77 de la Ley en la materia. 
 

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