viernes, 20 de marzo de 2026

Olimpia Coral Melo. “Que el privilegio no les nuble la empatía”.

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Más Allá del Rosa- Ley Olimpia con Olimpia Coral

 

¿Quién es Olimpia, la mujer que utilizó su experiencia para impulsar la ley contra la violencia?

 

¿Cómo actuar si eres víctima de ciberviolencia?

 


Si te amenazan…

  1. Mantén la calma
  1. Guarda evidencia y pruebas
  1. Seguridad digital
  1. Denuncia (MP o en medios digitales)
  1. Ten presente la secuencia de hechos

¿Por qué sí denunciar?

  • Para exigir justicia al Estado
  • Para que haya una investigación
  • Para tener todos los elementos y exhibir al abusador en las redes sociodigitales sin violar el debido proceso
  • Otras mujeres sepan del violentador
  • Exigir bajen contenido íntimo 

Ley Olimpia.


Es un conjunto de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, que buscan reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.


La denominada “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla; derivado de ello se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad; acción que se ha replicado en todas las entidades federativas.

La “Ley Olimpia” no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.


La “Ley Olimpia” Es un conjunto de reformas legislativas que reconoce la violencia digital como un tipo de delito y se sanciona con multas económicas o penas de cárcel para quien viole la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales (ciberviolencia).

Recorrido histórico

  • Marzo de 2014: se presentó la iniciativa de ley en el Congreso de Puebla.
  • 2018: se logró que se reconociera la violencia digital como una modalidad de delito y se sancione hasta con 6 años de prisión a quienes comparten materiales íntimos sin consentimiento.
  • 2019: a partir de este año se pudo hacer una denuncia ante el MP.
  • 2022: la ley aplica a toda la República Mexicana.


Las siguientes son conductas que atentan contra la intimidad sexual:
  • Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño. 
  • Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.



Datos importantes


Se entiende como violencia digital aquellas acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos y que por su naturaleza atentan contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres causando daño psicológico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, además de daño moral, tanto a ellas como a sus familias.

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